By Abel Mejía-Cosenza | July 26, 2024
Moore v. United States Case Resolved - Article in Spanish
Moore v. United States Case Resolved - Article in Spanish

El pasado 20 de junio la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos resolvió uno de los casos más relevantes en materia fiscal en ese país. Se trata del caso Moore vs. United States donde se exploraba la constitucionalidad del impuesto sobre la renta bajo la Enmienda Decimosexta de la Constitución de Estados Unidos. Como antecedente, esta enmienda otorga al Congreso establecer y cobrar impuestos, sin importar la fuente de donde deriven, sin tener obligación de prorratear entre los estados de acuerdo a su población o en los resultados de algún censo.  

Esta enmienda, aprobada en 1913, fue fundamental para que el gobierno federal de Estados Unidos pudiera establecer un sistema de impuesto sobre la renta moderno y que a la postre se convertiría en su fuente de ingresos más importante.  Antes de la aprobación de esta enmienda, cualquier gravamen sobre activos y capital (rentas, dividendos, ganancias de capital) tenía que repartirse entre los estados, dejando al gobierno federal con pocos recursos para fondearse y operar.  El caso en cuestión era sumamente relevante porque cualquier nueva limitación o restricción al impuesto sobre la renta que actualmente cobra el gobierno federal de Estados Unidos afectaría sustancialmente el sistema fiscal de dicho país.

En específico, en Moore vs. U.S. se cuestionaba la constitucionalidad de la Sección 965 del Código de Rentas Internas (“Internal Revenue Code” o “IRC”) que establecía un impuesto —aplicable por una sola vez— sobre las ganancias generadas por subsidiarias corporativas en el extranjero de contribuyentes personas físicas o personas morales de Estados Unidos, y que no habían sido ni distribuidas ni reconocidas fiscalmente por los contribuyentes americanos. Como ejemplo, este impuesto gravaría las utilidades generadas por una sociedad anónima constituida en México y cuyo accionista principal era una corporación de Estados Unidos o un individuo residente fiscal de Estados Unidos, aún y cuando (i) dichas utilidades no habrían sido distribuidas al accionista norteamericano y (ii) aún y cuando bajo otras disposiciones fiscales del IRC, se hubiera permitido el diferimiento legítimo de la acumulación de dichas utilidades en ese país. 

En el caso específico, Charles y Kathleen Moore eran accionistas de una corporación de la India denominada KisanKraft.  Antes de la entrada en vigor de la Sección 965, dichos contribuyentes habían podido diferir legalmente el pago de impuestos respecto de las utilidades generadas por KisanKraft hasta que efectivamente recibieran una distribución de dividendos de la misma. 

Los Moore impugnaron la constitucionalidad de la Sección 965 argumentando, entre otros, que no habían “realizado” el ingreso en cuestión y que la Decimosexta Enmienda solo permitía imponer un impuesto sobre ingresos realizados.  Si la Corte resolvía que, en efecto, se requería un evento de “realización” de ingreso por parte del contribuyente beneficiado para que se pudieran gravar las utilidades subyacentes, había un riesgo muy importante de que el sistema fiscal americano se volteara de cabeza pues seguramente se generaría una cascada de impugnaciones contra muchas otras disposiciones fiscales que gravan ingresos no realizados aún o realizados por vehículos terceros en los que participaban los contribuyentes beneficiarios finales (Subpart F, GILTI, etc).

En una votación 7-2 la Corte sostuvo que el ingreso efectivamente había sido realizado por la subsidiaria corporativa extranjera y que, aunque dicho ingreso no había sido aún distribuido a los contribuyentes americanos, el Congreso si tiene autoridad para gravar ingresos realizados por vehículos terceros pero aún no distribuidos a los contribuyentes americanos. Parece que la Corte optó por una salida tangencial que validara la disposición específica que se impugnaba, pero sin pronunciarse sobre otros temas torales. En específico, la Corte señaló que no se pronunciaba sobre potenciales impuestos que quisiera establecer el Congreso sin que hubiera eventos de realización, como por ejemplo para gravar el patrimonio, la riqueza o la apreciación de activos.  Parece que esa batalla se dejó para otro día, así que habrá que seguir atentos. Esto en particular es relevante para las propuestas del partido demócrata que han señalado querer gravar a las fortunas (propuesta de la senadora Elizabeth Warren) o las utilidades financieras no realizadas de las corporaciones (propuesta del presidente Biden). Recordemos que los cambios fiscales de Estados Unidos tienen repercusiones importantes en nuestro país, incluyendo (i) incentivar o desincentivar la inversión en el extranjero (incluyendo México), (ii) a los mexicanos que tienen activos en Estados Unidos, tanto financieros como inmobiliarios u operativos y (iii) a los mexicanos que también son residentes fiscales de los E.U.A. ya sea por el tiempo que pasan allá, por tener una “greencard” o también ser ciudadanos de Estados Unidos. Comentarios en @MrMejiaCosenza.

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