Por Grupo de Práctica de Laboral, Seguridad Social y Migratorio | Agosto 22, 2024
Evaluación de Actividades Laborales de Menores en Sectores Agrícolas y Forestales (NOM-038-STPS-2024)
Evaluación de Actividades Laborales de Menores en Sectores Agrícolas y Forestales (NOM-038-STPS-2024)

La Norma Oficial Mexicana NOM-038-STPS-2024 ha sido recientemente publicada y establece directrices clave para clasificar las actividades laborales en los sectores agrícola y forestal. Esta norma tiene como objetivo proteger a los menores de edad asegurando que sólo realicen tareas de menor riesgo. Para facilitar el cumplimiento de estos requisitos, es esencial entender el procedimiento para la evaluación de la conformidad, que asegura que los centros de trabajo se ajusten a las nuevas regulaciones.

Debemos recordar que en términos de la Ley Federal del Trabajo, serán considerados como menores, las personas trabajadoras mayores de 15 y menores de 18 años, quienes deben obtener un certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo y someterse a exámenes médicos periódicos.

El proceso comienza con la preparación para la inspección. Antes de la visita, los empleadores deben preparar toda la documentación necesaria que demuestre el cumplimiento con la norma. Esto incluye registros detallados y evidencia de las actividades realizadas por los menores en el centro de trabajo. Una planificación adecuada de la inspección garantiza que los aspectos críticos sean revisados minuciosamente.

Durante la visita de inspección, la autoridad laboral llevará a cabo una revisión exhaustiva que incluye dos componentes principales: la inspección documental y la inspección física. La inspección documental implica revisar los documentos proporcionados por el patrón para asegurar que no haya menores realizando actividades peligrosas. Simultáneamente, la inspección física consiste en un recorrido por el centro de trabajo para observar directamente las condiciones y actividades que se están llevando a cabo.

En cuanto a los aspectos a verificar, la norma distingue entre actividades peligrosas o insalubres y actividades de menor riesgo. Las actividades peligrosas, que incluyen el manejo de sustancias químicas, maquinaria o vehículos pesados, deben ser documentadas y observadas para garantizar que los menores no estén involucrados en ellas. En contraste, las actividades de menor riesgo, como tareas administrativas, deben ser verificadas para confirmar que los menores sólo realicen trabajos que no expongan su salud a riesgos.

Una vez realizada la inspección, se elabora un informe detallado con los hallazgos. Si se detectan irregularidades, el patrón deberá implementar medidas correctivas. Posteriormente, la autoridad laboral realizará un seguimiento para asegurar que las correcciones se hayan efectuado de manera adecuada.

La vigilancia del cumplimiento de la NOM-038-STPS-2024 es un proceso continuo. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social realizará monitoreos adicionales para garantizar que los centros de trabajo mantengan el cumplimiento de la norma a lo largo del tiempo.

Para los empleadores, la implementación de esta norma implica ajustar las prácticas actuales en los centros de trabajo. Es fundamental revisar y adaptar los procedimientos para asegurar que todas las actividades realizadas por menores cumplan con los requisitos de seguridad establecidos. Se recomienda una revisión exhaustiva de las actividades, mantener una documentación clara y proporcionar formación adecuada a menores y supervisores para cumplir con los estándares de seguridad y salud.

El equipo de profesionales del Grupo de Práctica Laboral y Seguridad Social de Sánchez Devanny cuentan con el conocimiento y experiencia para el análisis, revisión e implementación de la nueva regulación legal.

Este boletín fue preparado de manera conjunta por Alfredo Kupfer Domínguez ([email protected]) y Maria Jose Coronel Lopez ([email protected]).

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