Por Abel Mejía Cosenza | Junio 28, 2024
Sin Poder Judicial… ¿quién podrá salvarme?
Sin Poder Judicial… ¿quién podrá salvarme?

Una de las más grandes preocupaciones derivadas de la victoria apabullante de Morena en las elecciones es que se concretice la reforma al Poder Judicial, de tal manera que perdamos al poder garante de nuestros derechos. La preocupación no es vana, si después de la reforma los encargados de la impartición de justicia se eligen con base en criterios ideológicos y partidistas, sin que cuente pericia, objetividad o independencia, en efecto, no habrá quien pueda defender a los gobernados frente a los actos de gobierno.

¿Qué hacer en estos casos? Es la pregunta del millón y creo que no hay una respuesta universal. No obstante, la teoría señala que una posible estrategia es identificar los activos más valiosos que se tienen y asociarlos a opciones para protegerlos. Así, de una manera sobresimplificada, en esta columna les comparto algunas consideraciones sobre tres bienes que son de suma importancia para nosotros como individuos.

El primer bien es algo personal y consiste en seguridad y libertad individual; el segundo se refiere a los activos financieros que alguien puede tener, y el tercero a activos operativos e inmobiliarios que se tienen y se localizan en el país

Respecto del primer bien, para cuidar la seguridad y libertad individual se requiere una opción B. Hoy, para los mexicanos es relevante contar con una alternativa de dónde residir. En restaurantes, clubes y hogares, la plática de sobremesa ronda sobre si se tiene alguna otra nacionalidad, otro pasaporte u otra visa que pudieran permitir, en un cerrar de ojos, empacar maletas si las cosas se complican mucho en el país. Nadie quiere hacerlo, salvo que se ponga color de hormiga el tema de la inseguridad y el deterioro del Estado de derecho. Aquí, el quid del asunto es tener algún documento oficial de otro país que permita utilizarlo para poder salir legalmente y entrar a otro país, además, con derechos para residir y trabajar en esa otra jurisdicción. Lo automático es otra nacionalidad por padres nacidos en otro país o por nacimiento, pero hay que aterrizarlo a tener un documento que permita los viajes internacionales al amparo de esa ciudadanía. Una segunda opción, para quienes no tienen otra ciudadanía, es buscar una visa bajo los múltiples programas de inversión que contemplan varios países, conocidos como Golden o Investor Visas. Es decir, ya sea por ius sanguinis, ius soli o ius “billullis”; hoy por hoy, tener uno de estos documentos es importante en estrategias de protección.

Respecto del segundo tipo de bienes, los activos financieros, hay un abanico de alternativas. Incluye todo tipo de monedas e instrumentos de inversión (bonos, acciones, etcétera). Los riesgos a cubrir son riesgo moneda, riesgo país y riesgo de deudas personales. Para cubrir el riesgo moneda debe buscarse que los activos estén denominados o atados a otras monedas. Para cubrir el riesgo país se busca que los activos estén custodiados fuera de México por instituciones financieras internacionales. Para el riesgo de deudas personales, los activos no estén a nombre directo de la persona física, sino que el titular legal sea una estructura internacional con características de protección frente a acreedores. Una estrategia adecuada asegurará que no se vean afectados por la volatilidad del peso y que cualquier afectación o controversia deba ventilarse conforme a tribunales y legislación de alguna jurisdicción donde se considere que el Estado de derecho está en mejores condiciones que aquí.

Respecto del tercer tipo de bienes, las opciones son pocas y complejas. Se había buscado transferir estos activos a fideicomisos, donde el titular no sería persona física, sino una institución financiera mexicana, lo que otorgaba una capa adicional de confidencialidad y protección jurídica. Si bien esto es parcialmente cierto, la amenaza de cambios radicales en la legislación y el Poder Judicial puede tener una disminución importante en la calidad de protección que venían otorgándose. Lo que se ve es echar mano de diversos tratados de protección de inversión que ha firmado México para reorganizar la estructura corporativa de titularidad de los activos y generar alguno de los puntos de contacto que prevén los tratados, lo cual permitiría a los beneficiarios de la nueva estructura solicitar, ante tribunales internacionales y con base en una legislación supranacional, la compensación de daños y perjuicios que el gobierno mexicano pudiera causar en contra de sus activos en México. Mecanismos jurídicos que pudieran dar batería a los nacionales frente a actos abusivos de las autoridades.

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