Por Grupo de Práctica de Comercio exterior y aduanas | Agosto 28, 2023
Guía de publicidad para influencers
Guía de publicidad para influencers

El pasado 21 de agosto de 2023, la Procuraduría Federal del Consumidor publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Guía de Publicidad para Influencers” con la finalidad de ser un instrumento de consulta para los creadores de contenido en redes sociales y que su publicidad cumpla con las disposiciones aplicables.

Esta guía define a la publicidad como toda información que se publica para recomendar un bien, producto o servicio y en este caso concreto, la publicidad realizada a través de alguna plataforma digital o red social por los denominados “influencers” o creadores de contenido.

El término “Influencer”, de acuerdo con la Real Academia Española, es un anglicismo usado para referirse a una persona con capacidad de influir en otras; esta influencia trasciende al grado de ser parte de la decisión del consumidor sobre qué producto, servicio o marca consume solo porque una figura pública la recomienda a través de sus redes sociales.

La producción de vídeos, fotografías o transmisiones en vivo contando la experiencia u opinión del uso o consumo de un producto o servicio, ser invitados a eventos o viajes de promoción y recibir beneficios distintos a los puramente económicos, como puede ser recibir productos de manera gratuita de una marca determinada y mostrarlos en redes sociales compartiendo su opinión o recomendación es la forma de publicidad más común que llevan a cabo los creadores de contenido.

En la actualidad, las redes sociales tienen un peso muy importante en la sociedad, y en particular por ciertos grupos considerados como vulnerables como lo pueden ser niños y adolescentes, por lo que las estrategias de mercadotecnia que se implementan en ellas deben ser sujetas de regulación por las autoridades competentes.

 Tanto la actual como administraciones pasadas han sido muy activas en la regulación en materia de publicidad y en particular de ciertos productos que por sus características o naturaleza pueden tener efecto en tema de salud o bienestar humano.

Entre este tipo de regulaciones se encuentran diversas enfocadas en productos como pueden ser los denominados  “productos milagro”, alimentos y bebidas con ejemplos claros como  la restricción de usar caricaturas u otros personajes en aquellos que se consideren  con exceso de azúcares, restricciones a la publicidad de tabaco, vapeadores, dispositivos médicos, medicamentos y un sinnúmero de productos más, sin embargo a la fecha no se había dado ningún tipo de regulación o limitante a las actividades de publicidad en redes sociales o por creadores de contenido.

Si bien esta guía está muy lejos de ser un parámetro normativo de control o regulación a la publicidad y podríamos considerar que la misma es únicamente una compilación de recomendaciones que los influencers o creadores de contenido podrían considerar cuando lleven a cabo acciones de publicidad en sus plataformas y redes sociales, es un primer paso a una probable regulación formal.

Dentro de estas recomendaciones tenemos, por ejemplo:

  • Establecer de manera clara y visible, en todo momento en las imágenes, vídeos o transmisiones en vivo relacionadas con la campaña, que todas estas son parte de una publicidad pagada.
  • Asegurarse que la marca, producto o servicio es seguro y se encuentre en cumplimiento con todas las regulaciones y normatividad específica.
  • Limitar su opinión estrictamente a su experiencia y no recomendar un producto o servicio como bueno solo porque se trate de una publicidad pagada.      

Desde nuestro punto de vista, estas recomendaciones carecen totalmente de sustento legal y en algunos casos pueden considerarse incluso, como contrarias a principios legales y constitucionales, así como a diversos acuerdos y tratados internacionales.

Derivado de la publicación de estos lineamientos, hasta la fecha no se ha dado ningún comunicado o posicionamiento formal por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor respecto de posibles acciones o potenciales  sanciones  o procedimiento de investigación cuando dicha publicidad en redes sociales y plataformas por los influencers o creadores de contenido se pudiera considerar como engañosa o viciada  conforme a las disposiciones generales de  la Ley Federal de Protección al Consumidor en el sentido de que toda publicidad o información debe ser clara, veraz, comprobable y exenta de otras formas que puedan inducir al error o confusión.

Si bien una recomendación del consumo o uso de un determinado producto o servicio por una figura pública  con cientos y en algunos casos miles de admiradores ciertamente podría llegar a considerarse una forma de inducir al consumidor a un error o confusión, , al día de hoy no existe una forma en que claramente y con base en una ley en sentido formal y material se pueda considerar que una mera expresión u opinión pueda estar sujeta a limitantes por poderse considerar como una manera de publicidad.

Actualmente el tipo de publicidad, forma, términos y productos sujetos a ciertos controles se encuentran claramente definidos en los ordenamientos aplicables, sin embargo, en el caso concreto de posibles actos de publicidad por creadores de contenido o influencers la misma no tiene limitantes claras.

Sin duda, las campañas de publicidad en redes sociales son una cuestión que necesita de regulación  para la efectiva  protección de los derechos del consumidor y los riesgos asociados con diversos tipos de productos, sin embargo, esta regulación debe ser siempre, acorde a los principios de derechos humanos, tratados internacionales, principios constitucionales y legales para no, como en muchos casos actuales, resultar en una regulación contraria al estado de derecho que debiera prevalecer en el país.

Este boletín fue elaborado por José Alberto Campos Vargas ([email protected]) y Fernanda Sánchez Castillo ([email protected]).

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