El 19 de octubre de 2022, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (en adelante “SHCP”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el “DECRETO por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica e insumos que se indican” (en adelante “Decreto”), mismo que entró en vigor el día 20 de octubre de 2022 y estará vigente hasta el 28 de febrero de 2023 (pudiendo extenderse hasta el 31 de diciembre del 2023).
Según se desprende del Decreto, este se emite con la finalidad de hacer frente a los problemas ocasionados por la inflación, por lo que mediante el mismo se establecen modificaciones a los aranceles a los que están sujetos ciertos productos de la canasta básica, así como a la aplicación de restricciones y regulaciones no arancelarias (en adelante “RRNA”).
En ese sentido, a continuación, mencionamos algunos de los puntos que se establecen en el Decreto:
Al respecto, cabe señalar que en relación con lo establecido en el Decreto, el día de hoy el SAT publicó la Tercera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 (en adelante “RMRGCE”).
En dicha RMRGCE, se adicionan las reglas 1.3.8, 1.3.9. 1.3.10. y 1.3.11, en las que se establecen los requisitos a cumplir para obtener la inscripción en el Padrón, así como las causales de suspensión del mismo y de reincorporación a este, entre otras cuestiones.
En virtud de lo anterior, estamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración adicional que requieran en relación con el presente.
Este boletín fue elaborado por Eduardo Sotelo Cauduro ([email protected]); José Alberto Campos Vargas ([email protected]); Fernando Josué Mancilla Hinojosa ([email protected]); María Luisa Mendoza López ([email protected]); Juan Carlos Jiménez Labora Mateos ([email protected]); Alexandra Badillo Kúsulas ([email protected]) y Fernanda Sánchez Castillo ([email protected]).