Por Grupo de Práctica de Fiscal y Grupo de Industria de Energía | Enero 22, 2025
Modificaciones a regulación de “Controles Volumétricos”
Modificaciones a regulación de “Controles Volumétricos”

El pasado 30 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 (“RMF2025”), mediante la cual se introdujeron modificaciones significativas a la regulación de “Controles Volumétricos” enfocada a aquellos contribuyentes que almacenen/utilicen petrolíferos gasolinas, diésel, turbosina, combustóleo, mezclados o no con otros componentes, así como gas licuado de petróleo y propano o gas natural para usos propios, modificando y ampliando los supuestos en los cuales dichos contribuyentes se encontrarán obligados a dar cumplimiento con dicha regulación.

En ese sentido, los siguientes contribuyentes se encontrarán obligados a dar cumplimiento con la regulación de “Controles Volumétricos” son los siguientes:

  1. Aquellos contribuyentes que al amparo de un permiso de la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) o de un permiso de importación por la Secretaría de Energía (“SENER”), almacenen o utilicen para usos propios petrolíferos o gas natural, con independencia del volumen de operación o consumo.
  2. Aquellos contribuyentes que sin un permiso de la CRE o de SENER, almacenen o utilicen para usos propios petrolíferos y manejen un volumen mayor o igual a 75,714 litros mensuales al año.
  3. Aquellos contribuyentes que, sin un permiso para ello, cuenten con instalaciones fijas para la recepción de gas natural para autoconsumo cuando su consumo anual sea superior a 5,000 Gigajoules, exceptuando a aquellos usuarios residenciales de gas natural

El incumplimiento de la regulación en materia de obligaciones de “Controles Volumétricos” podría acarrear multas que oscilan entre $39,360.00 pesos M.N. a $5,622,500.00 pesos M.N., o bien, la clausura del establecimiento por un plazo de tres (3) a seis (6) meses, dependiendo el tipo y gravedad de la sanción, con independencia de las sanciones administrativas y/o penales que se pudieran imputar.

Es importante hacer notar que recientemente la autoridad fiscal ha iniciado campañas de auditoría e imposición de multas para inspeccionar el debido cumplimiento de obligaciones en materia de “Controles Volumétricos”, por lo que recomendamos examinar la situación particular frente a estos nuevos cambios, con la finalidad de confirmar si caen en los nuevos supuestos o verificar si se está dando un cabal cumplimiento con dicha regulación.

Nuestro equipo especializado de Fiscal; Litigio Administrativo y regulatorio en materia de energía se pone a su disposición para cualquier duda relativa a la implementación de dichas obligaciones, así como recomendaciones y auditorías preventivas a fin de cumplir con las obligaciones derivadas de “Controles Volumétricos”.

Este boletín fue preparado por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillaseñ[email protected]); Jose Antonio Postigo Uribe ([email protected]); Pedro Ángel Palma Cruz; ([email protected]); Max Ernesto Hernández Ernult ([email protected]); Mauricio A. León Alvarado ([email protected]), E. Giovanni Morales Ramírez ([email protected]) y Tania E. Trejo Gálvez ([email protected]).

más boletines