Por Grupo de Práctica de Ambiental y Fiscal | Febrero 06, 2024
Nuevos Impuestos en el Estado de Tamaulipas
Nuevos Impuestos  en el Estado de Tamaulipas

  1. Impuesto Ecológico

En los últimos años, el cambio climático, cada vez tiene mayor impacto y relevancia en la definición y aplicación de políticas públicas y por ello se ha replicado rápidamente en los últimos años que los gobiernos estatales incluyan impuestos ecológicos, sobre las actividades que impacten el medio ambiente dentro de su territorio, lo anterior, como parte de las acciones de mitigación y adaptación a los efectos adversos del cambio climático.

En este sentido y con fundamento en el seguimiento y en cumplimiento al máximo acuerdo internacional en materia de protección al medio ambiente (el Acuerdo de París), en 11 entidades federativas, se han aprobado e implementado por lo menos, una regulación como mecanismo de fiscalización o recaudación en materia ambiental conocidos como “impuestos ecológicos” o “impuestos verdes”.

Uniéndose a la ola de los impuestos verdes, el 29 de julio de 2020, el Gobierno del Estado de Tamaulipas, incluyó en la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas, un nuevo impuesto por la “Emisión de Compuestos y Gases de Efecto Invernadero a la Atmosfera” en dicho Estado (el “Impuesto Verde”), mismo que, durante el periodo de 2021 a 2023 fue objeto de impugnaciones ante los órganos jurisdiccionales y de iniciativas buscando derogarlo por parte del poder legislativo estatal, habiendo finalmente acreditado su validez y legalidad tras el análisis de un número importante de precedentes por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los que declaró la constitucionalidad del impuesto, emitiendo a su vez criterios para determinar dicha constitucionalidad pero que, a nuestro criterio, algunos de ellos siguen resultando ciertamente impugnables y que en casos muy particulares pueden incluso existir argumentos que no han sido analizados.

Con fecha 12 de diciembre de 2023, el Gobierno del Estado de Tamaulipas, dentro del paquete económico 2024, incluyó, en la Ley de Ingresos para el Estado de Tamaulipas para el Ejercicio Fiscal 2024 el Impuesto Verde.

Es por ello, que el Impuesto Verde, se encuentra suspendido y pendiente de definir su metodología de ejecución, pero el cual será aplicable y exigible en próximas fechas a las entidades que superen las 25,000 toneladas mensuales de emisiones, partículas, compuestos y Gases de Efecto Invernadero a la atmosfera (“GEI”) ubicadas dentro del territorio del Estado de Tamaulipas, conforme a las reglas y directrices que se definan para tal efecto. El pago que realizarán un aproximado de 36 empresas de la entidad se determinará aplicando la cuota fija de 8.5 veces el valor diario de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) por cada tonelada de compuestos y gases emitidos a la atmósfera (fuentes fijas en el Estado), buscando destinarlos a programas de adaptación al cambio climático, la contaminación y el equilibrio ecológico. Es importante notar que la cuota fija es significativamente más alta que la que se ha pactado en otras entidades federativas e incluso de la analizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

No obstante, y considerando que hasta el momento dicho impuesto no es exigible, consideramos importante comenzar a establecer estrategias legales en materia fiscal y ambiental que permitan a las empresas prepararse legal y técnicamente para dar cumplimiento a dicha obligación, así como de ser el caso, explorar los medios de defensa que podrían interponerse con la entrada en vigor de la regulación.

En Sánchez-Devanny, contamos con un equipo sumamente experimentado en la materia y con gusto podemos dar mayor información sobre el presente y atender a sus dudas particulares, para garantizar una adecuada internalización de costos e incentivos para transitar en esta nueva obligación legal.

  1. Modificación al Impuesto sobre Hospedaje en el Estado de Tamaulipas

Por otro lado, es pertinente destacar la reforma realizada en materia de impuestos para las actividades de hospedaje en estado de Tamaulipas, que consta de un incremento en la tasa, así como una nueva regulación a las obligaciones fiscales de aquellos que prestan dichos servicios por medio de plataformas digitales.

En un origen, fue propuesto por los diputados de la entidad un aumento del 2 al 3.5 por ciento, que fue después modificada por una segunda propuesta de aumento únicamente al 3 por ciento, con la idea de darle facilidades competitivas al ramo hotelero. Finalmente, se publicó en la fecha anteriormente referida en el Periódico Oficial del estado de Tamaulipas la reforma a la Ley Hacendaria que determina una tasa del 3 por ciento para todos aquellos que realicen actividades en dicha industria, según los supuestos delimitados en la misma Ley.

Es importante considerar que el impuesto por concepto de hospedaje normalmente no es pagado por el empresario o representante de la persona moral que imparte el servicio, sino que es trasladado al consumidor que hace uso del mismo, y la ley establece la posibilidad de deducir dicho gasto por las empresas.

  1. Impuesto a las tarifas efectivamente cobradas por las Empresas de Redes de Transporte

El 27 de noviembre de 2023, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el DECRETO No. 65-710 mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de, entre otras, la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas, en materia de Servicio de Transporte Ejecutivo, particularmente para incluir el Capítulo VIII Del Impuesto a las tarifas efectivamente cobradas por las Empresas de Redes de Transporte.

Como parte de este Capítulo VIII se incorpora un impuesto mensual a las Empresas de Redes de Transporte el cual se determina aplicando una tasa del 2% sobre la base de la tarifa cobrada al usuario por cada viaje iniciado en Tamaulipas, sin deducción alguna. En nuestra opinión este impuesto tiene diversos vicios de constitucionalidad que pueden ser reclamados a través del juicio de amparo indirecto ante los Juzgados de Distrito.

Este contenido fue preparado por Georgina Gutiérrez Barbosa ([email protected]), Ricardo León Santacruz ([email protected]), Pedro J. Miranda Sadurní ([email protected]), José Enrique Cruz Lozano ([email protected]), Emilio García Vargas ([email protected]), Ana Lucía Pérez Sepulveda ([email protected]) y Kerstin Frich Villaseñor ([email protected]).

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