Por Grupo de Práctica de Laboral, Migratorio y Seguridad Social | Mayo 04, 2022
Nuevos lineamientos para la presentación de informes para prestadores de servicios especializados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social
Nuevos lineamientos para la presentación de informes para prestadores de servicios especializados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social

El pasado 12 de abril de 2022, fue publicado en el diario oficial de la federación los lineamientos que establece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para rendir el informe cuatrimestral para aquellas personas físicas o morales que prestan servicios especializados o ejecuten obras especializadas en la plataforma Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE).

La rendición del informe se deberá efectuar de manera cuatrimestral, de acuerdo a los siguientes periodos:

 Cuatrimestre

 Periodo a informar

 Plazo de presentación

 Primero

 Enero a abril

 Del 1° al 17 de mayo

 Segundo

 Mayo a agosto

 Del 1° al 17 de septiembre

 Tercero

 Septiembre a diciembre

 Del 1° al 17 de enero del año siguiente

 

El trámite debe efectuarse a través de la plataforma: https://s-icsoe.imss.gob.mx, en donde se deberá ingresar con  la firma electrónica avanzada o e.Firma, cuyo certificado digital sea emitido por el SAT y será imputable a su titular, una vez ingresando se deberá rendir el informe con la siguiente información:

Del:

 Contratista

 Contratante

 Contrato

 Informativa

  • Nombre, denominación o razón social;
  • Tipo de Persona (Moral/Física).
  • Nombre, denominación o razón social;
  • Tipo de Persona (Moral/Física).
  • Folio del Contrato;
  • Servicio u obra especializada contratados;
  • Fecha de inicio y fin del contrato;
  •  Número de Trabajadores con que se dará cumplimiento al contrato.
  • Cuatrimestre (1ro., 2do y 3ero.);
  • Año;
  • Tipo de Informativa;
  • Folio;
  • Fecha de Presentación

Los tipos de informes se clasifican de la siguiente manera:

 Normal

 Sin Información

 Complementaria

 Cuando se presenta por   primera vez la   informativa del periodo y   ejercicio de que se trate,   con información de los   contratos de prestación   de servicios   especializados o de   ejecución de obras   especializadas   celebrados en el periodo   a reportar.

 Cuando en el periodo a reportar no se celebraron contratos de prestación de servicios especializados  o  de ejecución de obras especializadas.

 

 Cuando se requiere modificar la información de una informativa ya presentada.

 Complementaria de Corrección: permite corregir errores o subsanar omisiones de una informativa presentada previamente.

 Complementaria Sin Efectos: se utilizará para eliminar en su totalidad una informativa que fue presentada al Instituto cuando no hay obligación para ello o dejar sin efectos una informativa de tipo "Sin Información" para reportar contratos que fueron celebrados en el periodo.

 Complementaria de Actualización: permite comunicar los cambios que la información de los contratos reportados ha tenido con fecha posterior a la celebración del contrato previamente reportado.

 

Una vez realizado el informe cuatrimestral se emitirá un acuse de recibo electrónico, documento que se recomienda conservar ante cualquier requerimiento que pudiera efectuarse por parte del IMSS.

La información proporcionada será publicada en el sitio www.imss.gob.mx, con los datos del Contratista, Contratante, Contrato e Informativa de manera mensual, por lo que tanto contratista como contratante podrán verificar con esta periodicidad su información.

A los patrones que hayan habilitado las notificaciones a través del Buzón IMSS, podrán efectuar por este medio los comunicados, solicitudes de información o corrección. Cuando se haya efectuado trámites por este medio, el Instituto enviará un mensaje de texto al número de celular registrado en dicho Buzón como medio de contacto, con el aviso de conocimiento correspondiente.

Por último, las sanciones por no presentar los informes cuatrimestrales en tiempo implican sanciones de multa que van: de las 500 a 2000 UMAs, que equivalen: $48,110.00 pesos a los $192,440.00 pesos, sin contar con las facultades de comprobación del IMSS. 

Este boletín fue preparado de manera conjunta por Alfredo Kupfer Domínguez ([email protected]) y Francisco Garcia Lerma ([email protected]).

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