Por Grupo de Práctica de Ambiental | Junio 03, 2024
Reforma a la Constitución de la Ciudad de México, en materia de Agua y Saneamiento, Vivienda y Ordenamiento Territorial
Reforma a la Constitución de la Ciudad de México, en materia de Agua y Saneamiento, Vivienda y Ordenamiento Territorial

Con fecha 16 de mayo de 2024, el Gobierno de la Ciudad de México (“CDMX”), publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, una reforma a la Constitución Política de la Ciudad de México (“CPCM”), con el propósito de  modificar la estrategia en materia de acceso al agua y saneamiento, a través de 3 rubros principales: (i) Vivienda; (ii) Agua y Saneamiento; y (iii) Ordenamiento Territorial.

En la reforma se señala que lo anterior, se realiza con base en los criterios de sustentabilidad y economía circular en la CDMX y como parte de las acciones ante la crisis hídrica y escasez de agua en la Ciudad y en concordancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. 

Conforme a lo anterior, los nuevos requisitos y obligaciones, para el desarrollo de viviendas en la CDMX, serán:  


(i)    Vivienda
Se ordena a las autoridades, tomar las medidas necesarias, para garantizar que las las nuevas viviendas de la CDMX, garanticen una tutela a los derechos fundamentales de los habitantes, respecto a la accesibilidad, aquesibilidad, habitabilidad, adaptación cultural, tamaño suficiente, diseño y ubicación. Así como garantizar que reúnan la infraestructura necesaria para una vivienda digna, como son los servicios básicos, conexión a la red de agua potable, captadores de agua pluvial y sistemas que permitan su reúso, saneamiento, energía y protección civil.

(ii) Agua y Saneamiento

Se reafirma la obligación del gobierno de la CDMX de garantizar la cobertura universal del agua, mediante un acceso diario, continuo, equitativo y sustentable.

Lo anterior se prevé realizarse a través de la implementación de recursos administrativos, financieros y tecnológicos a través de:

    • Una política de uso y aprovechamiento y captación del agua pluvial, privilegiando las zonas sin acceso a la red pública;
    •  La promoción en el tratamiento y reúso de aguas residuales, en una cadena de circularidad;
    • La creación de instrumentos que regulen la infiltración de agua al manto freático;
    • Programas de cultura y educación sobre el uso y cuidado del agua; e
    • Incentivar la captación pluvial. 

(iii) Ordenamiento Territorial

Finalmente, la reforma modifica la política sobre el ordenamiento territorial de la CDMX, respecto a la gestión sustentable del agua, a través de:

    • Garantizar, un debido ciclo y proceso en el saneamiento del agua residual, que detone un reúso obligatorio de las aguas residuales de la CDMX;
    • Impulsar políticas públicas, respecto a la captación de agua pluvial y su aprovechamiento;
    • Creación de un Plan de Infraestructura, para realizar el aprovechamiento de aguas residuales, captación de agua pluvial y recuperación de acuíferos con una visión de economía circular;
    • El uso de materiales favorables a la captación de agua pluvial, así como rehabilitación de espacios públicos;
    • Priorizar el uso de agua doméstico y habitacional, sobre las actividades económicas; y
    • Prohibir la privatización de servicio de agua y drenaje en la Ciudad de México.

La reforma indica que iniciará vigencia a partir del 17 de mayo de 2024, pero otorga un plazo de 90 días a la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, para coordinar la implementación de acciones y políticas propuestas y un plazo de 180 días para que el Congreso de la Ciudad de México, expida las leyes y reformas a la legislación secundaria.  

Resultará fundamental, continuar atentos a los cambios legislativos a efecto de identificar modificaciones a la legislación aplicable, así como realizar una correcta evaluación de estos criterios y principios, previo al desarrollo de nuevos proyectos en la Ciudad.

En Sánchez-Devanny, contamos con un equipo sumamente experimentado en la materia y con gusto podemos dar mayor información sobre el presente y atender a sus dudas particulares, para garantizar una adecuada internalización de costos e incentivos para transitar en esta nueva obligación legal. 

Este boletín fue elaborado por Georgina Gutiérrez Barbosa ([email protected]) y Enrique Crúz Lozano ([email protected]).

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